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Cómo registrar una empresa en República Dominicana: guía DGII paso a paso

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El Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) es el número de identificación tributaria que asigna la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) a toda persona, física o jurídica, que realiza actividades económicas en República Dominicana. Sin RNC no puedes facturar de forma legal ni declarar impuestos. Esta guía resume cómo obtenerlo, según el tipo de negocio que quieras formalizar.

Tabla de contenidos

¿Persona física o persona jurídica?

Antes de iniciar el trámite, define qué tipo de negocio vas a operar:

  • Persona física: aplica si vas a operar como profesional independiente o negocio individual a tu propio nombre. Tu RNC se asocia directamente a tu número de cédula. Es la vía más rápida y económica para empezar a facturar como freelancer o pequeño emprendedor.
  • Persona jurídica (empresa): aplica si vas a constituir una sociedad, por ejemplo una SRL (Sociedad de Responsabilidad Limitada). En este caso primero debes registrar la empresa en la Cámara de Comercio y Producción correspondiente y obtener el Registro Mercantil; con esos documentos la DGII asigna el RNC de la sociedad.

Pasos para persona física

  1. Reúne tu cédula de identidad vigente.
  2. Define la actividad económica que vas a ejercer.
  3. Ingresa al portal de inscripción al RNC de la DGII y ubica la opción de inscripción al RNC, o acude presencialmente a una administración local.
  4. Completa el formulario de inscripción con tus datos personales, tu domicilio fiscal y la actividad económica a realizar.

Pasos para persona jurídica (SRL u otra sociedad)

  1. Elige el tipo de sociedad que vas a constituir (la SRL es la más común para pequeñas y medianas empresas).
  2. Registra el nombre comercial de tu empresa en la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI).
  3. Paga el impuesto de constitución de compañías (1% del capital social) ante la DGII.
  4. Registra la sociedad en la Cámara de Comercio y Producción correspondiente para obtener el Registro Mercantil.
  5. Con el Registro Mercantil, los estatutos y los documentos de constitución, solicita el RNC de la sociedad ante la DGII.
  6. Completa los registros laborales y de seguridad social correspondientes (Tesorería de la Seguridad Social) antes de contratar empleados.

Documentos que te pedirán

  • Persona física: cédula de identidad vigente.
  • Persona jurídica: Registro Mercantil emitido por la Cámara de Comercio, estatutos y documentos de constitución de la sociedad, y datos de los socios y del representante legal.

Costo y tiempo de respuesta

La solicitud del RNC es totalmente gratuita en República Dominicana, tanto en la Oficina Virtual de la DGII como de forma presencial en cualquier administración local; no hay costo por formularios ni sellos. En línea, el trámite suele tomar unos 3 días laborales; de forma presencial, alrededor de 6 días laborales. El registro de una sociedad completa (Cámara de Comercio + DGII) toma más tiempo, ya que involucra varias instituciones.

¿Dónde debe aparecer el RNC?

Una vez asignado, el número de RNC debe figurar de forma visible en todas tus facturas, órdenes de compra, pedidos y demás documentos de trascendencia tributaria, así como en tus declaraciones juradas y comunicaciones con la DGII.

Preguntas frecuentes

¿Necesito un abogado para registrar mi empresa?
No es obligatorio para el registro como persona física. Para constituir una sociedad (persona jurídica), muchas personas prefieren asesorarse con un abogado o contador dada la cantidad de documentos legales involucrados, aunque no es un requisito exigido por la DGII para el trámite del RNC en sí.
¿Puedo tramitar el RNC desde el exterior?
La inscripción se realiza a través de la Oficina Virtual de la DGII, por lo que en principio puede iniciarse de forma remota; sin embargo, algunos pasos de la constitución de sociedades (como el registro en la Cámara de Comercio) suelen requerir gestión en República Dominicana. Verifica los requisitos vigentes directamente con la DGII o la Cámara de Comercio de tu jurisdicción.
¿Qué diferencia hay entre «Registrado» y «Contribuyente» en el RNC?
Los RNC de «Registrados» se otorgan para trámites u operaciones ocasionales (por ejemplo, ser propietario de un vehículo o inmueble). Los RNC de «Contribuyentes» son para quienes realizan actividades económicas de forma habitual, con obligaciones tributarias periódicas.

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Fuente oficial citada

Dirección General de Impuestos Internos (DGII) — Registro al RNC · Formalízate — Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes

Fecha de última actualización: 14 de julio de 2026


Equipo Editorial de Trámites Dominicanos

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