La pensión alimenticia es la cuota que garantiza que un hijo menor de edad reciba lo necesario para su desarrollo: alimentación, vivienda, salud, educación y recreación. En República Dominicana se solicita ante el Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes.
Resumen rápido: El monto lo fija un juez según las necesidades del menor y la capacidad económica del padre o madre obligado, generalmente como un porcentaje de sus ingresos. Se solicita para menores de 18 años (o más, si hay discapacidad). El incumplimiento puede llevar a embargo de salario o bienes, e incluso prisión.
Tabla de contenidos
Cómo se calcula el monto
No hay un monto fijo establecido por ley. El juez evalúa dos factores: las necesidades del menor (alimentación, vivienda, salud, educación, recreación) y la capacidad económica de quien debe pagar. Es común que se ordene un porcentaje de los ingresos del obligado; si los ingresos son irregulares, el juez puede fijar un monto fijo en su lugar.
Cómo solicitarla
Se presenta la demanda ante el Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes de la jurisdicción donde vive el menor. El tribunal cita a ambas partes a una audiencia de conciliación. Si no llegan a un acuerdo, se pasa a la presentación de pruebas (gastos del menor, ingresos del obligado). El juez evalúa y dicta sentencia fijando el monto.
Documentos y pruebas que necesitas
Debes presentar pruebas que sustenten los gastos reales del menor (recibos, facturas escolares y de salud) y evidencia de la capacidad económica del padre o madre obligado (comprobantes de ingresos, si están disponibles).
Hasta cuándo se paga
La pensión se otorga hasta que el beneficiario cumple 18 años, pero puede extenderse más allá si tiene una discapacidad o condición que le impida mantenerse por sí mismo.
Qué pasa si no se paga
El incumplimiento puede derivar en sanciones que van desde el embargo de salario y de bienes muebles o inmuebles, hasta penas de hasta 2 años de prisión correccional.
Preguntas frecuentes
¿Puedo pedir pensión alimenticia si no estoy casado con el otro padre?
¿El monto puede modificarse después?
¿Qué pasa si el padre o madre obligado no tiene trabajo formal?
¿La pensión alimenticia cubre solo alimentación?
Fuente oficial citada
Poder Judicial de la República Dominicana
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