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Pensión alimenticia en RD: cómo solicitarla

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La pensión alimenticia es la cuota que garantiza que un hijo menor de edad reciba lo necesario para su desarrollo: alimentación, vivienda, salud, educación y recreación. En República Dominicana se solicita ante el Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes.

Resumen rápido: El monto lo fija un juez según las necesidades del menor y la capacidad económica del padre o madre obligado, generalmente como un porcentaje de sus ingresos. Se solicita para menores de 18 años (o más, si hay discapacidad). El incumplimiento puede llevar a embargo de salario o bienes, e incluso prisión.

Tabla de contenidos

Cómo se calcula el monto

No hay un monto fijo establecido por ley. El juez evalúa dos factores: las necesidades del menor (alimentación, vivienda, salud, educación, recreación) y la capacidad económica de quien debe pagar. Es común que se ordene un porcentaje de los ingresos del obligado; si los ingresos son irregulares, el juez puede fijar un monto fijo en su lugar.

Cómo solicitarla

Se presenta la demanda ante el Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes de la jurisdicción donde vive el menor. El tribunal cita a ambas partes a una audiencia de conciliación. Si no llegan a un acuerdo, se pasa a la presentación de pruebas (gastos del menor, ingresos del obligado). El juez evalúa y dicta sentencia fijando el monto.

Documentos y pruebas que necesitas

Debes presentar pruebas que sustenten los gastos reales del menor (recibos, facturas escolares y de salud) y evidencia de la capacidad económica del padre o madre obligado (comprobantes de ingresos, si están disponibles).

Hasta cuándo se paga

La pensión se otorga hasta que el beneficiario cumple 18 años, pero puede extenderse más allá si tiene una discapacidad o condición que le impida mantenerse por sí mismo.

Qué pasa si no se paga

El incumplimiento puede derivar en sanciones que van desde el embargo de salario y de bienes muebles o inmuebles, hasta penas de hasta 2 años de prisión correccional.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir pensión alimenticia si no estoy casado con el otro padre?
Sí, el derecho a pensión alimenticia del menor no depende del estado civil de los padres, solo del vínculo de filiación reconocido.
¿El monto puede modificarse después?
Sí, si cambian las circunstancias (ingresos del obligado o necesidades del menor), se puede solicitar una revisión del monto ante el mismo tribunal.
¿Qué pasa si el padre o madre obligado no tiene trabajo formal?
El juez puede fijar un monto basado en indicios de capacidad económica, incluso si no hay ingresos formales comprobables.
¿La pensión alimenticia cubre solo alimentación?
No, cubre alimentación, vivienda, salud, educación y recreación: todo lo necesario para el desarrollo físico y emocional del menor.

Fuente oficial citada

Poder Judicial de la República Dominicana

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